Un certificado de nacimiento en España se puede solicitar de varias formas:
· Solicitar certificado de Nacimiento presencialmente en un Registro Civil
El certificado o partida de nacimiento solamente se puede obtener en las oficinas del registro
civil Registro Civil. El formato físico del certificado cambia y los diferentes juzgados según su
tecnología ofrecen diferentes tipos de soporte. Por tanto, los certificados literales pueden ser
desde fotocopias de la anotación manuscrita que todavía se realiza en muchos Registros Civiles,
sobre todo los dependientes de Juzgados de Paz, o bien un documento informatizado con huella digital
para los hechos inscritos en Registros Civiles más avanzados(
Teléfono y dirección de los Registros Civiles de las mayores provincias de España.
Los manuscritos a mano pueden ser no legibles, por el deterioro por el paso del tiempo o por la
caligrafía del funcionario que anotó el hecho. Si el certificado no es perfectamente legible, las
autoridades competentes pueden solicitar un certificado en extracto, acompañando al literal, que
certifique, de forma legible, cuáles son los datos de filiación más importantes del nacimiento, la
fecha, y el lugar.
Sólo se pueden solicitar datos posteriores a 1870 porque es la fecha en la que se iniciaron.
Anteriormente, se apuntaba la fecha del bautismo en la iglesia.Con anterioridad no existían los
Registros Civiles, y solamente se anotaban los bautismos en las Iglesias.
El coste de la gestión de los certificados es de 34€, más suplementos opcionales e IVA. Los
certificados de nacimiento pueden llevar una anotación especial en función de la finalidad para la
que se otorguen. Algunas empresas privadas se encargan de conseguir el certificado de nacimiento a
cambio de una comisión.
Certificados de nacimiento por Internet
La petición de certificaciones a los Registros Civiles por vía telemática es posible respecto a las inscripciones que consten en los Registros Civiles informatizados que figuran en el listado desplegable del formulario de solicitud, en el cual próximamente serán incluidos los Registros Civiles que se vayan incorporando en este proceso de informatización.
Este tipo de certificado se puede solicitar con o sin certificado digital.
Sin certificado digital: El certificado solicitado por esta vía se remitirá preferentemente por correo ordinario al domicilio indicado en la solicitud. No obstante, el interesado podrá recogerlo presencialmente siempre que lo hubiera indicado expresamente en la solicitud.
Quién puede solicitar la partida de nacimiento
· El titular del certificado
· Representantes legales de menores de edad o personas incapacitadas
· Personas autorizadas expresamente cuando hubiese anotaciones reservadas:
(adopción, privación de patria postestad, cambio de sexo o parejas no casadas).
Documentación necesaria para conseguir la partida de nacimiento
· Impreso de solicitud · Autorización expresa, en los casos en que no es el interesado quién la
solicita · Fotocopia del documento de identificación personal de la persona autorizante, depende de
el caso
¿Qué ocurre una vez que se ha solicitado una partida de nacimiento?
·Si se solicita la entrega del certificado de forma presencial será el registro civil el que indicará
a partir de que fecha puede pasar a recogerse.
·Si se solicita la entrega del certificado por correo postal, el plazo entre la solicitud y la
recepción será de 15 días aproximadamente.
· Por internet, con certificado digital, la entrega es inmediata.
Modificación de partidas de nacimiento
El contenido del certificado de nacimiento no puede eliminarse. El documento tiene anotaciones en
los márgenes para recoger las variaciones que haya podido afectar a la persona a lo largo de su
vida. En los márgenes se indican los cambios de nombre y apellidos, reconocimientos de paternidad,
matrimonio y defunción, entre otros, siempre que hayan sido comunicados al Registro Civil de la
localidad. Este contenido solamente puede modificarse por orden del Juez encargado del Registro, y
para hacerlo se debe presentar solicitud conforme a la legislación vigente si se aprecia algún error
material.
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